Calcula los días de vacaciones que te corresponden según el tiempo trabajado. Basado en el Estatuto de los Trabajadores. Incluye cálculo de días naturales y laborables.
Calcula los días de vacaciones que te corresponden según el tiempo trabajado
El Estatuto de los Trabajadores establece que todos los trabajadores tienen derecho a 30 días naturales de vacaciones al año (o 22 días laborables según convenio).
Esta calculadora te permite saber:
¿Para quién es esta calculadora? Para cualquier trabajador por cuenta ajena, responsables de RRHH y autónomos con trabajadores a su cargo.
⚠️ Aviso legal: Esta calculadora es orientativa y se basa en el Estatuto de los Trabajadores y la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Los convenios colectivos pueden establecer condiciones diferentes. Consulta siempre tu convenio para confirmar los días exactos.
Introduce los datos y descubre los días de vacaciones que te corresponden
El Estatuto de los Trabajadores (artículo 38) establece que todos los trabajadores tienen derecho a 30 días naturales de vacaciones al año.
Sin embargo, la mayoría de los convenios colectivos establecen 22 días laborables (de lunes a viernes sin contar festivos).
Fórmula: Días de vacaciones = (Días anuales / 365) × Días trabajados
Ejemplo: 22 días laborables = 30 días naturales
El 1 de enero no se cuenta como día laborable.
| Tiempo trabajado | 22 días laborables | 30 días naturales |
|---|---|---|
| 1 mes | 1,83 días | 2,50 días |
| 3 meses | 5,50 días | 7,50 días |
| 6 meses | 11,00 días | 15,00 días |
| 9 meses | 16,50 días | 22,50 días |
| 1 año | 22,00 días | 30,00 días |
* Cálculo proporcional según el tiempo trabajado
Habla con tu empresa con al menos 15 días de antelación. Esto permite organizar el trabajo y evitar que se acumulen vacaciones.
Las vacaciones no prescriben hasta después de 1 año desde la fecha de devengo. Pero es recomendable disfrutarlas en el año correspondiente.
Cada convenio puede establecer más días de vacaciones (23, 25 o 28 días laborables). Consulta tu convenio para saber los días exactos.
La ley permite fraccionar las vacaciones en periodos. Puedes coger semanas sueltas o días sueltos según acuerdo con la empresa.
Los fines de semana no cuentan como días laborables. Aprovecha esto para alargar tus vacaciones sin gastar días.
Un control horario digital te permite saber exactamente los días trabajados y los días de vacaciones pendientes. Esto facilita la planificación y evita errores en el cálculo de días.
El Estatuto de los Trabajadores establece 30 días naturales al año. Sin embargo, la mayoría de los convenios colectivos establecen 22 días laborables (de lunes a viernes). Algunos convenios pueden establecer 23, 25, 26 o 28 días laborables. Consulta tu convenio para saber los días exactos.
Los días naturales incluyen todos los días del año (30 días = 4 semanas completas). Los días laborables excluyen sábados, domingos y festivos. Por ejemplo, 22 días laborables equivalen aproximadamente a 30 días naturales. La mayoría de los convenios usan días laborables para facilitar el cálculo.
Tienes derecho a vacaciones proporcionales al tiempo trabajado. El cálculo se hace dividiendo los días de vacaciones anuales entre 365 días y multiplicando por los días trabajados. Ejemplo: 22 días / 365 × 180 días trabajados = 10,85 días de vacaciones.
Las vacaciones no prescriben hasta después de 1 año desde la fecha de devengo. Sin embargo, se recomienda disfrutarlas en el año correspondiente para evitar conflictos con la empresa y asegurar el descanso.
Las vacaciones deben disfrutarse antes de que termine el año natural (31 de diciembre). El periodo de disfrute se acuerda entre empresa y trabajador, generalmente entre los meses de mayo y octubre.
Sí, la ley permite fraccionar las vacaciones en periodos. Puedes coger semanas sueltas o días sueltos según acuerdo con la empresa. La mayoría de empresas permiten fraccionar en 2 periodos de 7 días o más.
No, los festivos nacionales, autonómicos y locales no cuentan como días de vacaciones. Tampoco cuentan los sábados y domingos si tu convenio establece días laborables.
Si estás de baja médica durante tus vacaciones, los días de baja no se consideran vacaciones. Puedes recuperar esos días una vez que te recuperes. Debes comunicarlo a la empresa.
No, el disfrute de las vacaciones es obligatorio. Solo se pueden cobrar en caso de fin de contrato (indemnización por vacaciones no disfrutadas). La ley prohíbe compensar económicamente las vacaciones.
Los días de vacaciones se generan desde el primer día de trabajo. Se devengan diariamente y se pueden disfrutar una vez cumplidos los 6 meses de antigüedad en la empresa.
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Una buena planificación de vacaciones empieza con un control horario preciso.